El 01 julio de 2020 entró en vigor la Ley de Infraestructura de la Calidad la cual es de orden público e interés social y sus disposiciones son de observancia general y obligatoria en todo el territorio nacional.
Esta Ley tiene por objeto fijar y desarrollar las bases de la política industrial en el ámbito del Sistema Nacional de Infraestructura de la Calidad, a través de las Actividades de Normalización, Estandarización, Acreditación, Evaluación de la Conformidad y Metrología, promoviendo el Desarrollo Económico y la Calidad en la Producción de Bienes y Servicios, a fin de ampliar la capacidad productiva y el mejoramiento continuo en las cadenas de valor, además de fomentar el comercio internacional y proteger los objetivos legítimos de interés público.
Otros objetivos son el promover la concurrencia de los sectores público, social y privado en la elaboración y observancia de las Normas Oficiales Mexicanas y los Estándares Internacionales.
Además de establecer mecanismos de coordinación y colaboración en materia de normalización, Evaluación de la Conformidad y metrología entre las Autoridades Normalizadoras, el Centro Nacional de Metrología, los Institutos Designados de Metrología, los Organismos de Acreditación y Organismos de Evaluación de la Conformidad, las entidades locales y municipales, así como los sectores social y privado.
¿Y qué es la Metrología?
Es una herramienta básica de la calidad, en tanto que asegura la exactitud de las mediciones y así, es una de las bases sobre las que reposa el desarrollo industrial y la certeza de las transacciones comerciales.
Lo que se busca ahora es mejorar los procedimientos para acortar los tiempos para la publicación de las normas en declaratoria de vigencia, así como dar a conocer los proyectos publicados que están en consulta pública, y donde se promueva una mayor facilidad para difundir la información necesaria para los usuarios.
Para esto último, se establece la creación de la Plataforma Integral de la Infraestructura de la Calidad, sistema digital donde se administrarán y ejecutarán de manera sistematizada los datos, procesos, trámites, servicios, actividades de normalización, estandarización, evaluación de la conformidad y metrología. Esta nueva Plataforma Integral será el principal medio de difusión y consulta de las NOM, los estándares (antes NMX) y patrones nacionales de medidas, entre otros.
Tipos de Normas de acuerdo con la nueva Ley de Infraestructura de la Calidad
Norma Oficial Mexicana (NOM)
Regulación técnica de observancia obligatoria, independientemente de estar referidas a una regulación local. Se trata de Reglamentos Técnicos o Medidas Sanitarias o Fitosanitarias, según encuadren en las definiciones correspondientes previstas en los tratados internacionales de los que el Estados Mexicano es Parte.
Normas Internacionales
Normas aprobadas por un organismo internacional de normalización que cumple con los principios y procedimientos reconocidos en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano es Parte. ISO, IEC, CODEX, COPANT, OIT, UIT.
Estándares (antes NMX)
Documento técnico que prevé un uso común y repetido de reglas, especificaciones, atributos o métodos de prueba aplicables a un bien, producto, proceso o servicio, así como aquéllas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado, etiquetado o concordaciones. De observancia voluntaria. Si éstos se encuentran referidos en una regulación local, como un reglamento de construcción, serán de carácter obligatorio.
Normas Extranjeras
ASTM, ASHRAE, UL, UNE, DIN.
Panorama Nacional
Por otra parte la situación actual que presenta el país es que no se cuenta con un modelo base para provocar una armonización entre los diferentes elementos regulatorios y adolece de un sistema de actualización permanente, ya que no hay una ley marco que establezca la obligatoriedad de su actualización o que indique los elementos o contenido base que toda regulación sobre lo que diversas actividades industriales deben contener, como lo es el caso de la construcción.
Es por ello que hay un gran desfase en referenciar las NOM, que por definición son Normativas Obligatorias (desde la LFMN y ahora por la reciente LIC), y las NMX (actualmente denominados estándares), las cuales aun siendo de carácter voluntario pueden ser referenciadas en su regulación local para que se vuelvan obligatorias.
Es por ello, que se deben diseñar nuevos sistemas, políticas y programas que faciliten la labor de los municipios en contar con regulaciones actualizadas para incorporar las innovaciones tecnológicas.
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